La Justicia porteña declaró inconstitucional el sistema de reconocimiento facial que aplicó el Gobierno de la Ciudad, al considerar que «se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes» del distrito.
En su resolución, la titular del Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario 14, Elena Amanda Liberatori, hizo lugar al amparo colectivo presentado en 2020 por Observatorio de Derecho Informático Argentino (Odia) contra la administración que encabeza de Horacio Rodríguez Larreta.
La acción cuestionó la constitucionalidad y convencionalidad de las normas que dispusieron la aplicación del sistema de reconocimiento facial de prófugos (SRFP), una tecnología que permitió el acceso a datos biométricos de casi 10 millones de personas, según constató la investigación judicial.
En su presentación, el Observatorio advirtió que las medidas de seguridad, implementadas a través de una empresa privada, «no fueron precedidas por un debate profundo acerca de la pertinencia y seguridad del sistema».
También destacó que «se conculcaba el debido proceso, en virtud de que, a su criterio, cualquier persona sería ‘juzgada’ por un sistema de inteligencia artificial, sin la posibilidad de estar a derecho», por lo que requirió como medida cautelar que «se suspendiese la aplicación de las normas indicadas».
En el fallo de este miércoles, la jueza hizo lugar a la acción de amparo «declarando la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Resolución 398/19 en cuanto el SRFP se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires».
Determinó, asimismo, «la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad en el marco del SRFP, en violación del artículo 3 del Anexo de la Resolución 398/19, es decir, sin orden judicial constatable».
Y supeditó «la puesta en funcionamiento del SRFP a la constitución y debido funcionamiento de los órganos de control, como la Comisión especial de seguimiento de los sistemas de video vigilancia en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad y Defensoría del Pueblo de la Ciudad».
La causa que investiga irregularidades en la utilziación de datos biométricos por parte de quienes manejan el sistema facial estuvo a cargo del juez Roberto Gallardo hasta julio de este año, cuando fue apartado por el Tribunal Superior de Justicia, a raíz de una presentación realizada por el Gobierno porteño.
En rigor, la causa que investiga irregularidades en la utilización de datos biométricos por parte de quienes tienen acceso al sistema de reconocimiento facial estuvo a cargo del juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Roberto Gallardo hasta julio pasado. Quedó a cargo de la causa entonces la juez Liberatori, que este miércoles falló en contra del Ejecutivo porteño.